A- de 1999
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Jonhfer De Jesus Palacios Lloreda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia para ordenar en abstracto indemnización de daño emergente
- Trámite incidente de liquidación de perjuicios
- Integración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se declaró que el Juzgado de la referencia es competente para avocar e impartir el trámite de incidente de liquidación conforme al Art. 25 del Decreto 2591 de 1991, dentro de la acción de tutela promovida por accionante y otros, contra el departamento del Chocó.
Lo anterior, porque la Corte explicó que el mencionado Juzgado es el competente para avocar e impartir el trámite al incidente liquidatorio dentro del expediente, según lo estipulado en el ordenamiento jurídico que regula la materia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar que el Juzgado unico Laboral del Circuito de Quibdo es competente para avocar e impartir el tramite de incidente de liquidacion conforme al articulo 25 del decreto 2591 de 1991, dentro de la accion de tutela promovida por Jonhfer de Jesus Palacio y Otros, contra el departamento del Choco.
- Segundo. Ordenar el envio del expediente al Juzgado Unico Laboral del Circuito de Quibdo, para los efectos de ley.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.